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El Aborto: Un Derecho Absoluto
El Tribunal Supremo de los Estados Unidos ha emitido su dictamen en Webster vs. Servicios de Salud Reproductiva. Este es el caso en el que se solicitó al Tribunal – por parte del Procurador General de los Estados Unidos, entre otros – que anulase Roe vs. Wade, la decisión de 1973 del Tribunal Supremo declarando que una mujer tiene un derecho protegido constitucionalmente de decidir abortar un feto y así terminar su embarazo. Para poder llegar a un consenso, el Tribunal se vio obligado a reconsiderar el anular a Roe vs. Wade. Sin embargo, se desprende de la opinión de la mayoría y las opiniones opuestas que, si la situación cierta fuese llevada ante el Tribunal, es muy probable que Roe vs. Wade sea revocada. ¿Es Roe vs. Wade correcta? ¿Incorrecta?

Roe vs. Wade es correcta en su resultado, pero peligrosamente incorrecta en su razonamiento. Roe vs. Wade es correcta en su conclusión de que un feto no tiene derechos y que una mujer tiene el derecho a determinar si procede o no abortar su embarazo. Pero Roe vs. Wade es incorrecta en la medida en que considera que "los intereses del Estado" justifican la injerencia en el derecho de la mujer y que, cuando el Estado así lo desee, puede comandar su cuerpo ya sea en su supuesto beneficio o en el beneficio de un feto.

En unas 37 páginas de discusión sobre las cuestiones de fondo en Roe vs. Wade, el Tribunal le dedicó apenas tres páginas a la discusión del tema fundamental: la naturaleza del derecho al aborto. Se le prestó mucha más atención a cómo y cuándo este derecho puede y debe limitarse para adecuarse al "interés del estado" en la salud de la mujer y en la potencial vida humana. En base a tales "intereses", el Tribunal decidió que el Estado puede regular el aborto durante el embarazo para proteger la salud de la mujer y, en general, prohibir el aborto cuando el feto se haga "viable". Al tomar esta decisión, el Tribunal se adhirió a una teoría que ha prevalecido en la legislación de los Estados Unidos durante la mayor parte del siglo XX: los derechos no son absolutos y deben ser "compensados" (es decir, invadidos por) los "intereses" del Estado. En Roe vs. Wade, el Tribunal concluyó que en el momento de la viabilidad fetal, los "intereses del Estado" en la vida potencial superan el derecho de la mujer a controlar su propio cuerpo.

Ninguno de los Jueces, en sus opiniones en Webster, estén a favor o en contra del aborto, se opuso a la "compensación". De hecho, el Juez Blackmun declaró en su opinión contraria que Roe vs. Wade "de forma justa, razonable y efectiva, actúa para salvaguardar las libertades constitucionales de las mujeres embarazadas mientras reconoce y mantiene los intereses del Estado en la potencial vida humana". Mientras se asuma que los derechos pueden ser revocados por los "intereses del estado", la única cuestión no es si se reducirá, sino cuánto se reducirá el derecho en cuestión.

El aborto es un derecho, y todos los derechos son absolutos y no pueden ser "compensados" hasta desaparecer. Como Ayn Rand explicó: "Un derecho es un principio moral que define y sanciona la libertad de acción de un hombre en un contexto social". La norma moral a ser aplicada, demostró Ayn Rand, es que la vida del hombre y lo que "la naturaleza del hombre requiere para su supervivencia adecuada". La condición fundamental para la supervivencia del hombre – la libertad de utilizar su facultad racional para mantener y disfrutar de su vida. Así, una mujer embarazada, como cualquier otro individuo, tiene el derecho a determinar su propio destino y el destino de su cuerpo, de elegir lo que constituye su propio interés y su felicidad privada, y trabajar para conseguirlos, siempre y cuando respete los mismos derechos en los demás.

Estos derechos, y todos los derechos, son absolutos por su naturaleza. No puede ser correcto negociar con principios morales. No puede ser correcto permitirle a un hombre sólo una parte de la libertad que él requiere por su naturaleza.

¿Y qué pasa con el feto? ¿Tiene derechos que deben ser respetados? El concepto de derechos se basa en la naturaleza del hombre y presupone la existencia de un ser humano real, completamente formado y separado físicamente. Los fetos y los embriones no son seres humanos reales, son seres humanos potenciales. Ellos no tienen derechos hasta que existen fuera de la madre, es decir, al nacer. Esto no significa tolerar la moralidad de atrasar arbitrariamente un aborto hasta los últimos meses de embarazo – cuando el feto se aproxima de ser humano. Pero la función de la ley es proteger los derechos – no dictar las cuestiones morales que no implican ninguna violación de los derechos.

La única función propia del gobierno es proteger los derechos absolutos del hombre contra la violación por parte de otros hombres. Ningún gobierno, ningún Estado, ningún colectivo tiene ningún "interés" que esté en conflicto con ninguno de los derechos de un individuo, tales como el interés paternalista en la "salud materna". Nuestra Constitución fue redactada en reconocimiento de estos principios. Fue diseñada, no como un fuero de los poderes del gobierno, sino como una protección contra el poder del gobierno, es decir, contra la invasión de los derechos individuales por el gobierno. Por esta razón, la Constitución enumera los poderes limitados del gobierno, pero no enumera (como dejó claro la Novena Enmienda) todos los derechos individuales.

Estos son los principios que deberían ser formulados en Webster. Si Roe vs. Wade vuelve a ser revisada, el Tribunal Supremo debe propugnar el aborto como un derecho que no puede ser violentado ni mitigado.




Mientras el derecho a abortar pueda ser revocado por los “intereses del estado”, una mujer no tiene el derecho a hacer lo que quiera con su cuerpo.
29 de octubre de 2002
Por: Los ejecutivos de la Asociación para una Ley Objetiva

Traducido, editado y publicado con permiso del Ayn Rand Institute. Derechos reservados.